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Disponen el embanderamiento de Pueblo Libre: ¿Se debe usar la bandera o el pabellón nacional?

  • Foto del escritor: Ed Rafael Ramos
    Ed Rafael Ramos
  • 19 jul 2022
  • 3 Min. de lectura

Medida deberá acatarse hasta el 31 de julio próximo para conmemorar un aniversario más de la independencia peruana. Sin embargo, hay confusión sobre qué emblema patrio usar. Entérese cuál es el correcto.


Pueblo Libre, 19 de julio del 2022


Con el avance del mes de julio está cada vez más cerca la celebración del día de la Independencia del Perú el próximo 28. Por ello, en el marco de las Fiestas Patrias, la Municipalidad de Pueblo Libre informó que ha dispuesto, como todos los años, el embanderamiento del distrito.


La medida, señala el comunicado de la entidad municipalidad, debe cumplirse en el lapso del 16 al 31 de julio de este año con motivos de conmemorarse el 201 aniversario de la independencia del país.


“El Gobierno local debe incentivar y cultivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, así como el respeto, realce y exaltación de símbolos patrios. Por lo tanto se dispone el embanderamiento general obligatorio de los inmuebles del distrito de Pueblo Libre”, detalla.


¿Cuál debemos usar?


Al transitar por la ciudad, encontraremos puestos ambulantes donde se venden banderas. Encontraremos desde la Bandera Nacional (roja y blanca), en Pabellón Nacional y la Bandera de Guerra (con el Escudo de Armas y el Escudo Nacional). ¿Cuál debemos usar en nuestras casas?


Bandera Nacional


Está compuesta por tres franjas verticales de igual longitud y deberá ser confeccionada en la proporción de tres para el largo y dos para el ancho. Sin embargo, su tamaño deberá ser proporcional al lugar donde será izada, y el asta deberá estar pintada de blanco y por lo menos, ser tres veces mayor el largo de la bandera.


Por ejemplo, si el edificio tiene 5 metros, la bandera tendrá 90 cm de largo por 60 cm de ancho y un asta de 1.80 metros. Si la edificación tiene entre 5 y 10 metros, la bandera tendrá 1.50 metro de largo y 1 de ancho, con un asta de 4.20, y así sucesivamente. La base del asta deberá estar ubicada en la parte central superior a un 1 metro de distancia de la fachada del edificio. La tela debe ser de seda llana, el asta de color blanco con una punta dorada.


Deberá ser utilizada obligatoriamente los días 27, 28, 29 y 30 de julio en todos los locales ocupados por casas habitaciones, instituciones, colegios, clubes, oficinas, establecimientos comerciales e industriales, talleres, fábricas y centros de trabajo, que se encuentren en territorio nacional, cualquiera sea la nacionalidad del propietario. Sobre el lugar donde deberá ser colocada, esta estará al centro o a la derecha del edificio si existe otra bandera de nación diferente.


Pabellón Nacional


Esta bandera tiene como característica que en la franja blanca lleva el Escudo de Armas, con su timbre y dos ramas, una de palma a la derecha y el de la izquierda de laurel, entrelazadas en parte inferior con una cinta bicolor. Según el artículo 3° de la ley del Congreso Constituyente del 25 de febrero de 1825, será levantada solo en los edificios ocupados por los Poderes del Estado, dependencias de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, campamentos, barcos, etc., del Estado y en las corporaciones públicas.


Estandarte


Es el Pabellón Nacional portátil, de forma rectangular y en el centro tiene el Escudo de Armas. Sin embargo, en este caso, el estandarte debe medir 1.40 m. y tener un ancho de 84 cm. El asta debe ser de color guinda con una longitud de 2.72 m. Se utiliza de manera obligatoria en los Centros Oficiales de Enseñanza, en las actuaciones cívico-patrióticas y desfiles. También en instituciones civiles y religiosas.




*Con información de puntoedu.pucp.edu.pe

 
 
 

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